sábado, 22 de noviembre de 2008 Cursos |  Teleformación |  Foros |  Enlaces |  Descargas |  Articulos Técnicos |  Contacto |  Correo Web 
Actividades que nuestro Servicio de Prevención Ajeno realizaría en su empresa

Es evidente, que la primera actividad a realizar en la empresa sería la puesta en marcha, de un sistema organizado para gestionar las actividades necesarias de Prevención de Riesgos Laborales, para posteriormente pasar a un seguimiento de las actividades de prevención realizadas, una vez implantado el sistema de gestión.

Para implantar un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, las labores a desarrollar por el Servicio de Prevención Ajeno de Fundación Esculapio se dividirán en las siguientes seis fases:

  • Puesta en contacto con la entidad: Tiene como finalidad el conocer los objetivos que pretende alcanzar la empresa en materia de prevención y dar a conocer las actividades que se irán realizando para lograrlos.
  • Planificación de la actividad preventiva a desarrollar. Consistirá en el diseño de un plan de prevención, en el que se incluirán las actividades de gestión de la prevención a desarrollar en la entidad por el servicio de prevención ajeno y por la entidad, que será el manual del sistema de gestión de la prevención. A este plan se incluirán las propuestas de información para los trabajadores que la organización aportaría a estos en cumplimiento de su deber de información.
  • Evaluación de los riesgos. Consistirá en la evaluación de los riesgos a que se encuentran expuestos los trabajadores de la entidad, el análisis de las medidas preventivas necesarias para eliminarlos o reducirlos y la planificación de la realización de dichas actividades preventivas, tras su priorización, a través de un plan de medidas para el control de riesgos. Así mismo se determinará la necesidad de realización de evaluaciones específicas.
  • Evaluación de riesgos específicos. En caso de que se detecte la existencia de riesgos que precisen de una evaluación específica detallada, se indicará en el informe de la evaluación inicial de riesgos y posteriormente se enviará a la empresa propuesta de ampliación del concierto en materia de prevención, para incluir su realización.
  • Formación de los trabajadores designados y de los delegados de prevención. Los trabajadores designados y de los delegados de prevención que no cuenten con formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales a nivel básico se formarán a nivel básico a través de un curso de 50 horas, con carácter semipresencial, conforme a lo indicado en el Reglamento de los Servicios de Prevención para dicho nivel. La formación de los trabajadores designados se completará con un seminario de 5 horas de duración en el que se instruirán sobre el trabajo preventivo a desarrollar por ellos, en aplicación de las actividades programadas en el plan de prevención y en el plan de medidas para el control de riesgos, así como en cualquier documento que los complemente.
  • Formación de los trabajadores. Se realizará a través de charlas realizadas en los centros de trabajo, coincidiendo con las visitas que se realizarán a éstos, que se complementarán con el aporte de documentación escrita sobre los aspectos en que sea necesaria una mayor profundidad en la formación a aportar, para lo que previamente se deberá realizar una programación de actividades formativas que de acuerdo con lo indicado en la Art. 33 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales deberá ser consultada a los trabajadores o a sus representantes, en caso de que existan.
  • Elaboración del Plan de Actuación para el control de riesgos. Una vez finalizada la evaluación inicial de riesgos, se elaborará por nuestro Servicio de Prevención Ajeno una propuesta de planificación de las medidas preventivas que debería realizar la empresa a fin de combatir los riesgos detectados en ellas. En ella las actividades preventivas que deberían realizarse se ordenarán en función de la importancia de los riesgos que corregiría y del número de trabajadores afectados, estableciéndose en unas fichas. Entregada a la empresa, esta se deberá responsabilizar de fijar las fechas en las que estas acciones deberán ser realizadas, y las personas de la empresa que se encargarán de realizarlas, dado que se trata de decidir los momentos en que se realizarán gastos, y de dar la orden de realizar trabajos concretos a personal propio de la empresa. También en esta planificación, la empresa tiene la opción de asumir el comprometerse a dedicar los recursos que fueran necesarios de antemano, o en caso contrario debería asignar un presupuesto a la realización de cada una de las acciones concretas. Una vez realizadas las asignaciones anteriores, la empresa debería comunicarlo al Servicio de Prevención Ajeno, y entregar una copia del plan, para que al disponer de esta información, el Servicio de Prevención pueda realizar un seguimiento de la efectividad de las medidas que se vayan implantando, a través de visitas periodicas y para que pueda elaborarse la programación anual de actividades preventivas.

La siguiente etapa de los trabajos a desarrollar será la de seguimiento del sistema de gestión implantado. Se realizará, dicho seguimiento, a través de la atención telefónica a las consultas realizadas por los trabajadores designados, de visitas con periodicidad semestral para el seguimiento del plan de medidas para el control de riesgos y la auditoría interna del sistema de gestión de la prevención implantado. Así mismo, en esta fase se incluirán las siguientes actividades a desarrollar en continuo o de carácter no temporalizable:

  • Seguimiento de la siniestralidad laboral.
  • Investigación de accidentes leves que afecten a más de cuatro trabajadores, graves y mortales (sólo en concertación ampliada).
  • Asistencia a las reuniones del comité de seguridad y salud en calidad de asesores de la entidad y a demanda de ésta (sólo en concertación ampliada).
  • Revisiones de la evaluación inicial de riesgos según la concertación realizada.
  • Colaboración en la elaboración de la programación anual de actividades preventivas (elaboración de propuesta). En el caso de que la duración del plan de prevención sea más de un año, se elaborará anualmente, el programa de actividades a realizar. Se entregará a la empresa un documento conteniendo la propuesta, que deberá ser ratificada, pasando así a formar parte de la documentación referida en el artículo 23 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

En cualquier caso la entrega a la entidad de documentación, se realizará, dado el carácter confidencial de los datos incluidos en ella, en sobre cerrado o en mano a la persona indicada por la entidad. En todo caso se solicitará la suscripción de un recibí, a fin de poder justificar el cumplimiento de la actividad concertada por parte de nuestro Servicio de Prevención Ajeno. Así mismo, quedaremos a disposición de su organización para aclarar cualquier aspecto incluido en la Evaluación de Riesgos.

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